Factura electrónica obligatoria entre empresas: calendario oficial y qué tienes que preparar
Factura electrónica entre empresas obligatoria en octubre de 2027 o de 2028 según tu facturación: qué exige, en qué difiere de Verifactu y cómo prepararte.

Respuesta rápida: ¿cuándo es obligatoria la factura electrónica?
La factura electrónica entre empresas será obligatoria en octubre de 2027 o de 2028, según tu facturación. Este es el calendario oficial de la Agencia Tributaria:
| Obligación | Más de 8 M€ de operaciones | Resto |
|---|---|---|
| Emitir y recibir factura electrónica | 6 de octubre de 2027 | 6 de octubre de 2028 |
| Comunicar el estado de pago | 6 de octubre de 2027 | Personas jurídicas: 6/10/2028 · Personas físicas: 6/10/2029 |
Qué es la factura electrónica obligatoria y por qué no es Verifactu
Es la obligación de intercambiar las facturas entre empresas y profesionales en un formato electrónico estructurado. No basta con un PDF: la factura debe poder leerla otro programa sin que nadie la teclee.
La regula el Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo (lo explica Cuatrecasas), y los plazos empezaron a contar con la Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, publicada en el BOE del 5 de octubre de 2026 y en vigor desde el día 6.
No es Verifactu. Verifactu fija cómo debe ser el programa que emite la factura; esta norma, cómo se envía y se recibe. Te contamos Verifactu en Verifactu en Canarias: fechas e IGIC.
Quién está obligado y cuándo
Todas las empresas y profesionales en sus facturas a otras empresas y profesionales. Las facturas a particulares no entran en esta obligación.
- Más de 8 millones de euros de volumen de operaciones: desde el 6 de octubre de 2027.
- Resto de empresas y autónomos: desde el 6 de octubre de 2028.
- Grandes empresas: durante los primeros 12 meses deben acompañar la factura electrónica con un PDF legible.
Solución pública de la AEAT y plataformas privadas
Hay dos caminos para enviar y recibir facturas electrónicas.
- La solución pública de la AEAT: un servicio de la Agencia Tributaria. Puedes leer la noticia de la AEAT.
- Plataformas privadas de intercambio: proveedores que envían y reciben por ti. Tienen sus propias obligaciones desde el 6 de octubre de 2027.
Lo práctico es que tu programa de facturación se conecte con una de las dos y lo haga solo.
El estado de pago: otra obligación con su propio calendario
Además de enviar la factura, habrá que comunicar cuándo se paga. Las empresas de más de 8 millones empiezan el 6 de octubre de 2027; el resto de personas jurídicas, el 6 de octubre de 2028; y las personas físicas (autónomos) y entidades en atribución de rentas, el 6 de octubre de 2029. Si hoy apuntas los cobros a mano, es el momento de conectarlos con tu facturación.
Qué cambia para una pyme canaria
Lo mismo que para cualquier pyme: la obligación es estatal y afecta a las facturas entre empresas. En Canarias tus facturas llevan IGIC en lugar de IVA, así que tu programa tiene que generar la factura electrónica con el impuesto correcto.
Además, Hacienda ha anunciado que aplazará Verifactu a octubre de 2028 para hacerlo coincidir con esta obligación (lo cuenta SAPI). Si se confirma, en 2028 te tocarán las dos cosas a la vez: mejor prepararlas juntas.
Checklist para 2027-2028
- Comprueba tu volumen de operaciones para saber si te toca en 2027 o en 2028.
- Pregunta a tu proveedor de facturación si emitirá y recibirá factura electrónica y por qué vía.
- Haz una lista de los clientes y proveedores con los que más facturas intercambias.
- Prepara la recepción: las facturas que te lleguen deberían entrar solas en tu contabilidad.
- Conecta los cobros con la facturación para poder comunicar el estado de pago.
- Revisa a la vez Verifactu: el programa que emite debe cumplir las dos normas.
Cómo podemos ayudarte
Conectamos tu facturación para que emitir y recibir facturas electrónicas no te cueste horas. Mira nuestra automatización de procesos y, si quieres ver tus cobros y facturas en un panel, nuestro Business Intelligence. O cuéntanos tu caso.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo es obligatoria la factura electrónica entre empresas?
Desde el 6 de octubre de 2027 para quien tenga un volumen de operaciones de más de 8 millones de euros y desde el 6 de octubre de 2028 para el resto.
¿Afecta a autónomos?
Sí. Los autónomos que facturan a otras empresas o profesionales tendrán que emitir factura electrónica desde el 6 de octubre de 2028. La comunicación del estado de pago les llega en 2029.
¿Vale enviar un PDF por correo?
No. Un PDF no es una factura electrónica a estos efectos: hace falta un formato estructurado que se intercambie por la solución pública de la AEAT o por una plataforma privada.
¿Qué es la solución pública de la AEAT?
Es el servicio de la Agencia Tributaria para enviar y recibir facturas electrónicas. La regula la Orden HAC/1028/2026.
¿Qué es comunicar el estado de pago?
Informar de cuándo se ha pagado cada factura. Es una obligación aparte, con su propio calendario, pensada para controlar la morosidad.
¿Es lo mismo que Verifactu?
No. Verifactu regula el programa con el que emites la factura; la factura electrónica regula cómo se intercambia. Hacienda ha anunciado que aplazará Verifactu para hacerlo coincidir con la segunda fecha.
¿Quieres aplicarlo en tu empresa?
Cuéntanos tu caso y te decimos por dónde empezar.

